Acta de fundación y constitución — MODELO
BORRADOR. Reúne en un solo acto los requisitos del art. 7 de la Ley 23.298, incisos a) a f). La redacción final y la certificación de las firmas las define el abogado del grupo adoptante (art. 61, Ley 23.298; Decreto 937/2010, arts. 3 y 5).
En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, el [FECHA], a las [HORA], en [LUGAR], se reúnen en asamblea de fundación y constitución las personas electoras inscriptas en el registro de electores de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires que firman al pie y en el Anexo I. Por unanimidad / por mayoría de [●] votos, resuelven:
PRIMERO. Fundación (art. 7, inc. a). Fundar y constituir un partido político de distrito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, unido por el vínculo político permanente que expresa su declaración de principios (art. 3, inc. a). Las personas firmantes del Anexo I adhieren a la fundación. El número de adhesiones no es inferior al cuatro por mil de las personas inscriptas en el registro de electores del distrito, con el máximo legal [verificar la cifra vigente en la tabla anual de la Cámara Nacional Electoral].
SEGUNDO. Nombre (art. 7, inc. b). Adoptar el nombre «PAHA (Productividad, Automatización y Horas Ahorradas)» y la sigla «[SIGLA]». Antes de esta asamblea se verificó que cumplen el art. 16 de la Ley 23.298 y que no se confunden con otros registrados.
TERCERO. Declaración de principios y bases de acción política (art. 7, inc. c). Sancionar la declaración de principios y las bases de acción política que se agregan como Anexos II y III.
CUARTO. Carta orgánica (art. 7, inc. d). Sancionar la carta orgánica que se agrega como Anexo IV.
QUINTO. Autoridades promotoras (art. 7, inc. e). Designar a la Junta Promotora, con paridad (art. 3, inc. b), que regirá hasta que asuman las autoridades electas en la primera elección interna: - [NOMBRE], DNI [●], presidencia; - [NOMBRE], DNI [●], secretaría; - [NOMBRE], DNI [●], tesorería; - [NOMBRE], DNI [●], tesorería suplente; - [NOMBRE], DNI [●], vocal; - [NOMBRE], DNI [●], vocal.
La tesorería titular y la suplente tienen domicilio en el distrito (art. 18, Ley 26.215).
SEXTO. Domicilio partidario y apoderados (art. 7, inc. f). Fijar el domicilio partidario en [DIRECCIÓN], Ciudad Autónoma de Buenos Aires (art. 19, Ley 23.298). Designar apoderados a [NOMBRE], DNI [●], y [NOMBRE], DNI [●], con facultades para pedir el reconocimiento de la personería jurídico-política ante el juez federal con competencia electoral del distrito y hacer todos los trámites que siguen.
SÉPTIMO. Certificadores. Proponer al juzgado como certificadores de firmas de la Junta Promotora a [NOMBRES] (Decreto 937/2010, arts. 3 y 5).
Sin más asuntos, se cierra la asamblea a las [HORA].
Firmas: [Junta Promotora y apoderados]
Anexo I — Planilla de adhesiones (art. 7, inc. a)
Cada adhesión lleva «nombre, domicilio y matrícula de los firmantes» (art. 7, inc. a) y la firma certificada.
| N.º | Apellido y nombre | DNI (matrícula) | Domicilio (según DNI, en CABA) | Firma | Certificación |
|---|---|---|---|---|---|
| 1 |
Antes de presentar, conviene: - comprobar cada DNI contra el padrón del distrito; - descartar duplicados; - recolectar un margen del [10–20] % por encima del mínimo, porque las adhesiones mal hechas se caen en la verificación.
Anexos II, III y IV
01_DECLARACION_DE_PRINCIPIOS.md, 02_BASES_DE_ACCION_POLITICA.md y 03_CARTA_ORGANICA.md, en su versión final aprobada.